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Ley 162: qué cambia cuando tu MIPYME comunica en público

La Ley de Comunicación Social y sus reglamentos alcanzan a cualquier negocio privado que publique. Esto es lo que tienes que revisar antes de tu próxima campaña.

20 de agosto de 2026 · PONLE

Desde julio de 2023, toda comunicación pública en Cuba se rige por la Ley No. 162 “De Comunicación Social”. En 2024 llegaron sus dos reglamentos: el Decreto 101, que la desarrolla en general, y el Decreto 102, dedicado a publicidad y patrocinio. Si tienes una MIPYME y publicas algo (un post, una lona, un anuncio pagado, un catálogo), esas normas te aplican.

Lo que la ley pide en el día a día

Identifícate. Todo anuncio debe dejar claro quién está detrás del mensaje: el nombre de tu negocio. Nada de campañas anónimas ni perfiles sin dueño.

Di la verdad. Lo que prometes en la pieza es lo que tienes que poder cumplir. Un descuento que no existe o un “el mejor de Santiago” sin sustento es un problema, no una licencia creativa.

Etiqueta lo pagado. Si un tercero difunde tu contenido a cambio de algo, eso se marca como contenido patrocinado.

Pide permiso para las imágenes. Fotos de personas, testimonios, caras de clientes: con su consentimiento por escrito.

Un límite que afecta el modelo de negocio

La ley prohíbe que la gestión de medios de comunicación sea el objeto social de un actor económico no estatal. Tu sitio web y tus redes son un complemento de tu actividad principal, no un negocio de medios en sí mismo. En la práctica, comunica y publicita lo que haces, sin convertirte en un medio.

Qué hacer con esto

No necesitas un abogado para cada post, pero sí una base: una política de comunicación que fije quién habla por el negocio y con qué reglas, y una revisión de tus piezas actuales contra los cuatro puntos de arriba. En PONLE lo trabajamos como parte del servicio de comunicación, porque una campaña que incumple la norma cuesta más de lo que vende.

¿Esto le pasa a tu negocio? Lo trabajamos contigo.

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